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jueves, 14 de junio de 2007

12 de junio. D.José Ferrary. Tesis doctoral: Incapacidades y anomalías en el consentimiento matrimonial


El 12 de junio D.José Ferrary Ojeda, Vicario Judicial de la Diócesis de Málaga estuvo en Ronda80 presentando su tesis doctoral en Derecho Canónico, titulada: "Incapacidades y anomalías en el consentimiento matrimonial. Aportación de la canonística española (1917-1983)."

El consejo que da a los sacerdotes para atender a los matrimonios con dificultad es:
1. Acogida, cariño, ser muy positivos, escuchar a las dos partes, intentar reconducir la situación.
2. No ser nunca el que aconseje la nulidad, es una decisión personal de los conyuges.
3. Evitar que la implicación excesiva nos haga perder la neutralidad, y favorecer a una de las partes.
4. En caso de que la situación sea irreversible y los cónyuges decidan comenzar el proceso, indicarles el lugar adecuado al que acudir: los tribunales eclesiásticos donde le ayudarán a saber si ese matrimonio es nulo o no.

En su tesis doctoral estudia los antecedentes que dieron lugar a canon 1095, en los números 2º y 3º, que son alegados con tanta frecuencia en los casos de nulidad matrimonial. Recordemos que dicho canon dice lo siguiente:

Son incapaces de contraer matrimonio:
1º. quienes carecen de suficiente uso de razón
2º. quienes tienen un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar;
3º. quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica.

De ahí la importancia de estudiar la jurisprudencia para conocer en qué sentido se ha aplicado dicho canon.

El primer capítulo es introductorio, para ayudar en la reflexión sobre el consentimiento matrimonial.

El segundo presenta un detallado estudio de los Manuales de Derecho Matrimonial Canónico publicados en el periodo entre los dos Códigos (1917-1983). En ellos se incorpora tímidamente, en la doctrina, la investigación de las enfermedades mentales que afectan al hombre y, por tanto, a la validez del consentimiento matrimonial.

El capítulo tercero es un estudio sobre las tres Monografías existentes sore el consentimiento matrimonial, destacando las aportaciones de Eudoxio Castañeda. "Con Eudoxio Castañeda surge un modo nuevo de estudiar las perturbaciones mentales. Comienza a hacerse común la afirmación de que el hombre puede encontrarse sometido a alguna patología y no, por ello, perder la conciencia de sus actos".

En el capítulo cuarto estudia la jurisprudencia de los auditores españoles, de la Rota Romana, de la Rota de la Nunciatura Apostólica y de los Tribunales Diocesanos. En esta jurisprudencia destacan dos notas:
1. El Concilio Vaticano, su recepción mayoritaria, dará lugar al personalismo jurídico, que pone de relieve la índole personal que poseen los derechos y deberes que se intercambian al momento de contraer matrimonio.
2. La aceptación de la incapacidad para asumir los deberes del matrimonio como capítulo autónomo de nulidad y su aportación crítica o rechazo al concepto restringido que la Comisión de Reforma del Código plantea en algún momento (cuando afirmaba que esta incapacidad debe ser sólo por motivos psico-sexuales)

En el quinto capítulo analiza los artículos y Estudios existentes entre 1950 y 1983. Destaca los estudios del Prof. Navarrete, S.J., de Mons. García Faílde y del Prof. Santos Díez.

BIBLIOGRAFÍA
Prof. Navarrete S.J. "Incapacitas assumendi onera uti caput autonomum nullitatis matrimonii", Periodica 61 (1972) 47-80.
Mons. García Faílde, "Neurosis y psicopatías en los casos de nulidad matrimonial", Revista Jurídica de Cataluña 2 (1976) 63-69
Prof. Santos Díez "La incapacidad psíquica en el consentimiento matrimonial" en "El Consentimiento Matrimonial hoy", Banchs editor, Barcelona 1976, 11-29.

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